Es de vital importancia conocer todos los detalles y saber en qué consiste la nueva ayuda presentada por el Gobierno de España para todas aquellas empresas, Pymes y autónomos. A día de hoy, todavía hay muchos interrogantes sobre sus bases reguladoras, y aquí vamos a mostrar más información al respecto.
Las bases de este programa de ayuda, conocido como programa Kit Digital, se publicaron en el BOE del 30 de diciembre de 2021 y su objetivo es conseguir promover la digitalización de las figuras jurídicas indicadas anteriormente, contribuyendo a modernizar todo el tejido productivo de España, todo un avance para el país. Las empresas y autónomos objetivo son aquellos que han incorporado en el desarrollo de su actividad diaria algún tipo de solución digital para obtener un mejor funcionamiento. Algunas de estas actividades podrían ser la gestión de redes sociales, la facturación electrónica, contar con una página web o usar sistemas digitales en la relación con sus clientes y/o proveedores.
Para este programa de ayudas por parte del Gobierno, se ha destinado un total de 3.067 millones de euros de presupuesto y, conforme a las bases establecidas, el beneficiario podrá obtener máximo 12.000 euros en el caso de que la empresa disponga de entre 10 y 50 empleados, y un mínimo de 2.000 euros para aquellos autónomos o microempresas con menos de 3 trabajadores.
Requisitos a cumplir para Programa Kit Digital
Aquellos que deseen acceder a esta ayuda en la digitalizacion para Pymes han de reunir una serie de requisitos básicos, además de realizar alguna que otra gestión para la solicitud.
Entre las principales disposiciones obligatorias se encuentran las siguientes:
- Ser una Pyme o autónomo.
- Que la figura jurídica se encuentre al día en sus obligaciones con las gestiones tributarias y la Seguridad social.
- Que su situación económica esté al corriente, es decir, que no se encuentre en situación de crisis.
- Que disponga de una antigüedad en el desarrollo de su actividad y que se encuentre inscrito en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o en sus equivalentes.
- Que no cuente con ninguna orden de recuperación pendiente por parte de la Unión Europea, al igual que ninguna otra prohibición de las recogidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Reuniendo estas condiciones, junto con otras más que será necesario revisar, se podrá proceder a la digitalización con el programa Kit Digital, y los servicios asociados los llevarán a cabo los agentes digitalizadores.
La figura del agente digitalizador
Los agentes digitalizadores se encargarán de proporcionar aquellos servicios tecnológicos y soluciones que puedan requerir los autónomos y las Pymes en el proceso de la obtención de la ayuda del Kit Digital, prestando colaboración y acompañándolos en sus procesos de transformación digital para conseguir avanzar en la digitalización de su actividad profesional.
Algunas de las actividades que llevarán a cabo, serán la implementación de soluciones tecnológicas, como puede ser la página web del beneficiario, el uso de herramientas para la oficina virtual y para la gestión de proveedores y clientes, incluso la gestión de las redes sociales o la digitalización de la facturación e inteligencia analítica. Como se puede observar las posibilidades son infinitas.
De hecho, actualmente cualquier empresa que desee realizar la labor de agente digitalizador puede solicitarlo a través de la sede electrónica presentando su solicitud en red.es, del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital del Gobierno de España. Cabe destacar que, para que pueda ser escogida la empresa como agente digitalizador, esta debe reunir una serie de requisitos, entre los que se encuentra no estar en situación de crisis, estar al corriente de pago frente a la Seguridad Social y frente a sus obligaciones tributarias, disponer de un determinado nivel de facturación, o que su domicilio fiscal y las instalaciones en las que se proporcione el servicio de agente digitalizador se encuentre en España.