Cuando compramos o adquirimos un coche por alguna otra vía, tenemos que asegurarnos de que nuestro coche cuenta siempre con un titular. Esto será necesario para realizar una serie de trámites, como la contratación de un seguro para nuestro vehículo, algo obligatorio para poder afrontar cualquier incidente relacionado con nuestro vehículo.
Las situaciones en las que se debe hacer un cambio de titularidad, son todas aquellas en las que el vehículo contaba con un propietario anterior y ahora cambia de propietario, por lo que se debe realizar un cambio de titular, quien pasará a ser el propietario.
Como todo proceso que debe pasar por un trámite administrativo y legal, es importante cumplimentar los debidos formularios, presentar la documentación exigida y tener la documentación necesaria, aprobada y vigente: nos referimos principalmente a la ITV del vehículo y al DNI del propietario.
Veamos a continuación cuáles son los casos más comunes de cambio de titularidad y las características de estos.
Cambio de titularidad sin venta
El cambio de titularidad de tu vehículo entre familiares es el más sencillo, ya que contamos con la confianza y todas las facilidades que nuestros familiares nos van a prestar.
Cuando se realiza este cambio de titularidad sin venta, hay que realizar un trámite donde se legalice que la operación es una donación. Una vez realizado esto, que es lo más tedioso, el nuevo titular deberá abonar la tasa de tráfico en la Delegación General de Tráfico (la DGT) y el pago del Impuesto de Sucesiones y Donaciones. La tasa de la DGT tiene un bajo precio, 27,30 € en el caso de que se trate de un ciclomotor y 54,60 € en todos los demás vehículos en general.
Cambio de titularidad de una persona fallecida
Si desgraciadamente ha fallecido un familiar y su vehículo va a pasar a ser un bien de nuestra propiedad, lo que puede parecer una dificultad añadida entre los trámites sobre la defunción de la persona, no será para tanto en el caso de un vehículo. Tan solo tenemos que seguir una serie de pasos para la tramitación de esta operación.
En primer lugar, se solicitará la Liquidación o Exención del Impuesto de Sucesiones y Donaciones, o bien, la declaración de herederos o testamento del fallecido. Normalmente, un vehículo no se incluye en estos documentos. De ser así, se aconseja ponerse en contacto con una empresa especializada en estos trámites, ya que si no es el caso, no se podrá realizar el cambio de nombre del vehículo de un titular fallecido. Además, otras operaciones similares y con las mismas dificultades, son: dar de baja el vehículo de un fallecido, transferir vehículos con el Documento Nacional de Identidad (DNI) caducado o matricular vehículos sin papeles.
Cambio de titularidad de una empresa a un particular
Para realizar esta operación, deberá encontrarse vigente la siguiente documentación del vehículo: el permiso de circulación y el recibo o justificante de pago del Impuesto de Circulación (IVTM) del año anterior.
Por parte de la persona física, deberá tener el DNI en vigencia, teniendo que presentar una fotocopia. En caso de que el vehículo se venda por parte de un autónomo, hay que presentar el Certificado de Hacienda de Situación Censal.
Por otro lado, la empresa o persona jurídica, debe tener un poder o escritura que acredite al apoderado. Si se trata de una empresa, debe presentar el CIF de la empresa y el Impreso de Acreditación de Identidad de Personas Jurídicas, firmado por el apoderado y sellado por la empresa.
Estas son las tres situaciones más habituales, y como se puede comprobar, tienen unos rasgos comunes y otras características distintas que diferencian unos casos de otros. En el caso de que no tengamos claro cómo se realizan estas operaciones, que es lo más habitual cuando se presentan peculiaridades, podemos contratar empresas especializadas que nos pedirán toda la documentación que esté en nuestra mano, así como nos indicarán toda aquella que deberá solicitarse mediante un trámite que recaerá bajo su responsabilidad, haciendo así que el trámite sea más sencillo.