Los seguros de vida son productos muy útiles que ayudan a garantizar cierta estabilidad financiera a familiares y seres más cercanos cuando una persona fallece. Es una medida de gran valía, que demuestra la importancia de las personas a las que se ama y no se quiere dejar desguarnecidos en los lamentables casos de la partida física de quien, a veces, es el sostén de hogar.
Por eso, cuando se contrata un seguro de vida se debe tratar de estar al día con los correspondientes pagos mensuales, para siempre estar cubierto ante cualquier eventualidad que se presente y sea necesaria su activación.
Estos seguros no son ningún lujo, son una necesidad que siempre se debe cubrir. No hay nada peor que dejar a la familia desprotegida ante la muerte de quien la sostiene económicamente, por tal razón, toda persona que quiera el bien para los suyos debe prever cualquier lamentable situación, asegurarse y tratar siempre de estar al día con el pago de la correspondiente póliza.
¿Qué puede suceder?
Desafortunadamente, a veces, por las razones que sean, se puede incurrir en una situación de impago que puede afectar de diversas maneras a las condiciones de la póliza y, en consecuencia, a la seguridad del asegurado y de quienes en algún momento serán los eventuales beneficiarios de la cobertura.
Lo ideal es evitar que tal situación se presente, los seguros de vida son muy importantes y siempre deben permanecer activos, nunca se sabe en qué momento se pueden llegar a necesitar. Como dice un viejo refrán: “más vale tenerlo y no necesitarlo, que necesitarlo y no tenerlo”.
Pero, si no se pagan a tiempo las cuotas, pueden ocurrir dos hechos:
Resolución del contrato: la aseguradora tiene el derecho de resolver el contrato, es decir, de suspenderlo por falta de pagos, lo cual dejará sin efecto la cobertura, y en total desprotección al asegurado y a sus beneficiarios ante cualquier siniestro que se presente.
Es una salida nada beneficiosa para quienes pueden quedar desamparados. Además, el esfuerzo de haber pagado una póliza de seguro por el tiempo que se tuvo activa, simplemente se perderá.
Deuda acumulada: tal como establece la Ley de Contrato de Seguro, la compañía puede optar por no cancelar la póliza, lo que significa que la deuda se acumulará. Esto puede derivar en una acción judicial por reclamación de pagos como moroso por los recibos que estén pendientes de pagar. Si la aseguradora no exige judicialmente el pago en los 6 meses siguientes al vencimiento de la prima, quedará entendido que da el contrato por extinguido.
En cualquier caso, el artículo 15 de la referida ley indica que “salvo pacto en contra, si la prima no ha sido pagada antes de que se produzca el siniestro, el asegurador quedará liberado de su obligación”. Esto quiere decir que la póliza quedará sin efecto.
Antes de que se cancele la póliza, el asegurado podrá retomarla tras pagar la deuda que tenga pendiente, y así, en un término no mayor de 24 horas, podrá volver a gozar de su cobertura.
Las opciones cuando no se puede pagar la prima
Encontrar una poliza de vida es hoy en día muy fácil, gracias a potentes buscadores web que ayudan a hacerlo, una excelente opción para encontrar la mejor opción.
Sin embargo, a veces pasa que no se puede seguir pagando. Para evitar problemas y posibles demandas de cobro por impago de las cuotas, con el consecuente posible embargo de patrimonio, lo más recomendable es:
- Pagar el seguro de vida a término lo antes posible. Es un modo más económico de mantener la póliza, por cuanto se contrata la póliza por un tiempo definido y se cubren los gastos, que van disminuyendo con el tiempo.
- Ajustar las coberturas a planes más económicos, para así reducir el importe de la prima y poder pagarla más fácilmente.
- Cancelar la póliza, cumpliendo las condiciones legales del contrato y recuperando parte del capital acumulado.