Para nadie es un secreto que para que una sociedad sea más próspera, justa y haya seguridad jurídica, debe existir el imperio de la ley. En España existe un ordenamiento jurídico que permite que los ciudadanos puedan realizar sus actividades y llevar la vida en paz, aunque haya personas que quieran transgredir este ordenamiento. Es por ello que en este post haremos referencia a la Ley de Segunda Oportunidad.
¿Qué es esta ley?
Haciendo una pequeña reseña histórica, la Ley de Segunda Oportunidad, también llamada Ley 25/2015, fue promulgada el 28 de julio de 2015; publicada en el Boletín Oficial del Estado Español el 29 de julio de 2015 y puesta en vigencia el 30 de ese mismo mes y año.
Ahora bien, es importante destacar que esta ley es un mecanismo jurídico español de segunda oportunidad. Es decir, sirve para la reducción de la carga financiera y otras medidas de orden social. Y va dirigida a personas naturales o empresas autónomas, que hayan adquirido deudas que son difíciles de cancelar por el estado crítico en que se encuentran sus fianzas.
Habrá casos extremos donde se podrá producir la exoneración total o parcial de la deuda, si se comprueba que la persona o empresa es incapaz de pagarla. Claro está, que esto puede suceder solo si es verificable que se pone en peligro el patrimonio del deudor. Para eso probablemente necesites abogados para tus deudas.
Requisitos para poder acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad
- El deudor debe proponer un plan de pago viable en el tiempo, no pudiendo superar los 10 años.
- El deudor debe compensar a su acreedor con la cesión de sus bienes no necesarios para el funcionamiento de su actividad comercial.
- El deudor debe tener un retraso no mayor de 3 meses en el pago de sus obligaciones con las arcas públicas.
- El deudor tiene que ser insolvente de buena fe; es decir, que su situación de retraso en el pago no sea de manera intencional. Además, debe demostrar que tuvo la intencionalidad de saldar la deuda.
- El deudor debe estar solvente con la justicia. Es decir, el deudor no puede haber sido condenado por delitos contra: el patrimonio, hacienda pública, el orden socioeconómico, de falsedad documental y seguridad social, entre otros. Por lo menos en los 10 años ante de contraer la deuda.
- El valor de la deuda no debe superar los 5 millones de euros.
Procedimiento que estipula la Ley de Segunda Oportunidad
Como toda ley española, la Ley de Segunda Oportunidad estipula el siguiente procedimiento:
- El deudor como parte interesada deberá presentar la solicitud de mediación ante el Notario Público o Registrador Mercantil más cercano a su domicilio. Recibida la solicitud, en funcionario debe establecer un mediador concursal; quien hará la función de resguardar los intereses de ambas partes (acreedor y deudor).
- Este mediador deberá proponer un plan de pago al acreedor, de conformidad y la aceptación del deudor. Por lo que se toma en cuenta la factibilidad de pago, dependiendo del estado financiero del deudor.
- En los casos que el acreedor no acepte el plan de pago propuesto, el mediador deberá presentar una solicitud de concurso ante el Juzgado de Primera Instancia o en su defecto, al Juzgado Mercantil.
- Una vez concluida la liquidación, la parte interesada (deudor) solicitará la conclusión del concurso. El juez por su parte, deberá dictar la resolución, condonando (perdonando) la deuda.
Para finalizar, es necesario resaltar que la Ley de Segunda Oportunidad no es un mecanismo para evadir el pago de la deuda. Todo lo contrario, es un mecanismo que sirve para propiciar el acercamiento entre el acreedor y el deudor, con el objetivo de reestructurar la deuda y llegar a un entendimiento de pago que sea lo más real y posible de cumplir.